Lotería Tradicional

Características y descripción del juego

El juego de lotería, organizado y ejecutado por las entidades públicas del nivel central del Estado, gobiernos departamentales y municipales autónomos, se rige por el presente clasificador y las normas que en el futuro se dicten. Los juegos de lotería se regulan por el presente reglamento y el reglamento específico de cada juego de lotería, propuesto por el operador y aprobado por la AJ.

Los Agentes y Vendedores Oficiales Autorizados así como los jugadores admiten y aceptan en su integridad las reglas emitidas en el presente capítulo, por el solo hecho de intervenir o participar.

El reglamento específico de cada juego de lotería precisará la modalidad o modalidades de Lotería en juego. La cantidad de billetes, sus fracciones o cupones de juego, según corresponda; el número de series y su posible aplicación; la naturaleza, el valor y otras características de los premios. Asimismo el precio de venta al público y la fecha del sorteo. El operador deberá garantizar la planificación, desarrollo, finalización del sorteo y entrega de los premios, en el marco de la transparencia y licitud.  

El reglamento específico respectivo podrá definir según sea el caso las fracciones, así como los premios, la fecha del sorteo y demás características de la emisión.

Es nulo si se presenta adulterado, corregido, enmendado o raspado en espacio donde conste NO RASPAR. Además de las sanciones administrativas y penales aplicables a los responsables, y con mayor gravedad en supuestos de falsificación.

La guarda y conservación, y la total responsabilidad, competen exclusivamente a quien lo tenga; sin acción ninguna contra las entidades públicas del nivel central del Estado, gobiernos departamentales y municipales autónomos ni sus agentes oficiales y vendedores oficiales autorizados, por pérdidas, deterioros, sustracciones o cualesquiera otras contingencias que afecten al billete.

El reglamento específico definirá la utilización de fracciones, los precios de adquisición por el público, la fecha del sorteo y demás características de la emisión.

Medios Necesarios Para el Juego

Medios materiales:

  • Billete de lotería: Es el documento que otorga el derecho a participar en un sorteo al tenedor del mismo. La legítima tenencia de éste prueba la participación en el juego, conforme con el Reglamento específico de cada juego de lotería.

Los billetes de las loterías deben contener mínimamente los siguientes datos:

  • Anverso: claves y marcas pertinentes de seguridad, el nombre de la Institución, el nombre de la lotería, números o dígitos definidos por el operador para el sorteo, el precio de venta al público de cada fracción o billete, el número correspondiente al sorteo, la emisión respectiva, el monto del y/o de los premios, firma de la Máxima Autoridad Ejecutiva y, la fecha en que habrá de efectuarse el sorteo.
  • Reverso: Un reglamento específico del sorteo que establezca mínimamente: No. de emisión; el número de fracciones de que consta el billete entero (si corresponde), estructura de premios, el plazo de caducidad de los premios, advertencias de seguridad, cantidad de billetes que serán premiados, lugar de entrega de los premios, y otros datos que se consideren necesarios para demostrar la transparencia del mismo.
  • Extracto de lotería: Es el resumen de los resultados oficiales obtenidos en el sorteo.

Recursos Humanos.

  • Personal Necesario: Para la realización del sorteo de lotería deberá estar compuesto mínimamente por las siguientes personas:
  • Máxima Autoridad Ejecutiva: Actúa como representante de la lotería del nivel central del Estado y de los gobiernos autonómicos.
  • Director del Sorteo: Le corresponde la dirección del juego en todas sus fases, se constituye como la persona responsable del correcto desarrollo del juego. Es el encargado de verificar el correcto estado del material necesario para las partidas de la lotería así como de llevar el libro de Actas y los Registros que en este se inscriben.
  • Moderador: Le corresponde cantar en voz alta los números extraídos al azar del medio del juego para conocimiento general de los jugadores.
  • Notario de Fe Pública: Es el funcionario llamado por ley para dar fe del desarrollo del juego de lotería.
  • Personal de apoyo: Sin perjuicio de lo anterior, también se puede disponer de personal necesario para el desarrollo del juego de lotería.
  • Jugadores: Participantes que adquieran o posean un billete de lotería,  reglamentariamente emitido.

Reglas del juego

Las reglas de cada juego de lotería serán definidas por el operador en el reglamento específico que será aprobado por la AJ.

Sorteos

Los sorteos se realizan en la fecha que fije el reglamento específico; excepto que por razones fundadas, las entidades públicas del Nivel Central del Estado, gobiernos departamentales y municipales autónomos, modifiquen o deje sin efecto, previa autorización de la AJ.
El resultado del sorteo, expuesto en el extracto de lotería, determina los billetes con derecho a premio, conforme con el reglamento específico.

Premios

  • Realizado el sorteo, y conforme al resultado, el extracto de lotería emitido por los operadores autorizados, las reglas del juego y el reglamento específico, son los únicos instrumentos sobre cuya base se pagan los premios.
  • El plazo mínimo que debe otorgar el operador para el recojo de premios es de sesenta (60) días calendarios a partir del primer día hábil posterior a la fecha del resultado del sorteo. El derecho a los premios caduca por falta de presentación del billete al vencimiento del término establecido para su cobro.
  • Los premios son indivisibles a los efectos del pago.
  • Únicamente se entregarán los premios con la presentación del billete, o la fracción del mismo. Éste es insustituible por otro medio probatorio.

Lotería de resolución inmediata

Nombre del juego: Lotería de Resolución Inmediata.

Características y descripción del juego:

El juego corresponde a la modalidad de resolución inmediata, organizado y ejecutado por las entidades públicas del nivel central del Estado, gobiernos departamentales y municipales autónomos, en el cual se participa a través de billetes o cupones especiales de lotería que contienen una o más casillas independientes, tapadas u ocultas con material adecuado que impide la lectura de lo impreso en ellas, donde existen números, letras u otros signos o figuras, que hacen referencia a los premios que se otorgan en este juego.
En esta modalidad de juego, los sistemas de generación de códigos e impresión deben ser idóneos, garantizando la aleatoriedad del juego, el análisis lógico y el cálculo de probabilidades; así como, garantizar la impresión de los mismos y su adecuada protección de manera que no puedan ser vistos antes de su descubrimiento por parte del jugador.

Medios Necesarios Para el Juego

Medios materiales:

  • Billete o cupón de lotería de resolución inmediata: Corresponde a una unidad de juego que es comprada por el jugador, la cual contiene una o más casillas independientes, tapadas u ocultas con material adecuado que impide la lectura de lo impreso en ellas.

El reverso del billete o cupón de lotería, deberá contener un reglamento específico del juego que establezca mínimamente: No. de emisión; el No. del billete, estructura de premios, el plazo de caducidad de los premios, advertencias de seguridad, lugar de entrega de los premios, instructivo de cómo se juega y otros datos que se consideren necesarios para demostrar la transparencia del mismo.

  • Sistema de generación e impresión de códigos: Es un sistema especializado, que apoya en la generación de los números, letras u otros signos o figuras y su impresión en el billete o cupón de lotería.
  • Libro de registro de premios: Es el documento notariado donde se hace constar la entrega de premios establecidos para el juego. Este deberá contener mínimamente información sobre: No. de juego, No. del billete o cupón de lotería premiado, nombre y apellidos del jugador, No. de cédula de identidad, el premio otorgado, firma del jugador como constancia de haber recibido el premio.

Recursos Humanos.

  • Jugadores: Participantes que adquieran o posean un billete o cupón de lotería de resolución inmediata, reglamentariamente emitido.

Reglas del juego:

El jugador que adquirió el billete o cupón de lotería de resolución inmediata, deberá raspar las casillas cubiertas de manera que pueda visualizar los números, letras u otros signos o figuras ocultas en estas. Acto seguido deberá verificar si las mismas corresponden al premio o uno de los premios establecidos para el juego.
Si uno de los números, letras u otros signos o figuras ocultas o una combinación de estos, corresponde a un premio establecido en el juego, el participante deberá realizar el cobro del mismo en la dirección indicada para el efecto, en el reverso del billete o cupón de lotería.

Condiciones y prohibiciones necesarias para la práctica del juego

Obligaciones del jugador

Verificar que el o los billetes o cupones de lotería de resolución inmediata que adquiere para participar del juego estén correctamente impresos, y se asocien efectivamente a juego en el que desea participar.
Es responsable de resguardar su billete o cupón de lotería de resolución inmediata, asumiéndose que este es la constancia de su participación en el juego.

Prohibiciones al jugador

Se prohíbe a los jugadores efectuar marcas o tachaduras al billete o cupón de lotería de resolución inmediata, los cuales impidiesen identificar el número del billete o cupón, así como los números, letras u otros signos o figuras de las casillas de juego. Los billetes o cupones que presenten alguna de estas irregularidades, no serán válidos a efectos de premiación.

Resolución de conflictos y verificación de premios

Solución de discrepancias

Si la casilla de juego de resolución Inmediata es ilegible, o tiene defectos de impresión, o aparecen números, letras u otros signos o figuras en cantidad o colores distintos de los programados, o si un aparente acierto es desmentido por el número de control o por otras pruebas de validez que realicen los operadores, el jugador únicamente tiene derecho a que se le reintegre el precio del billete o cupón.
El derecho a los premios caduca por falta de presentación del billete o cupón al vencimiento del término establecido en el reverso del mismo.
Los premios son indivisibles a los efectos del pago.
Únicamente se abonan los premios contra la presentación del billete o cupón del juego. Éste es insustituible por otro medio.

Premiación

Los operadores autorizados para este juego, una vez verificada la validez y autenticidad del billete o cupón de lotería de resolución inmediata, entregarán el premio correspondiente al jugador, debiendo dejar como constancia del mismo en el libro de registro de premios otorgados y otros documentos que permitan verificar la su entrega.