Bolivia

Requisitos para Tramitar Licencia de Operaciones de Juegos de Azar y Sorteos

Requisitos para Tramitar Licencia de Operaciones de Juegos de Azar y Sorteos
  • Testimonio de la Escritura Pública de constitución de sociedad comercial inscrita en el Registro de Comercio.
  • Matrícula de Comercio actualizada emitida por el Registro de Comercio.
  • Cédula de Identidad o pasaporte del representante legal, directores, socios o accionistas.
  • Testimonio de Poder de Administración del representante legal, inscrito en el Registro de Comercio.
  • Certificado de inscripción en el Padrón Nacional de Contribuyentes del Servicio de Impuestos Nacionales.
  • Declaración Jurada de los Socios o accionistas señalando que su patrimonio y su capital societario no están vinculados, afectados ni comprometidos directa o indirectamente por terceros.
  • Documento público que acredite el derecho propietario sobre el inmueble afectado, o contrato de alquiler/arrendamiento donde se desarrollarán las operaciones.
  • Autorización del área, zona y ubicación del establecimiento otorgada por el Gobierno Municipal Autónomo.
  • Declaración Jurada Notariada de cada uno de los socios, accionistas, directores, gerentes, etc., que acredite la inconcurrencia de prohibiciones (Art. 13 Anexo D.S. No. 0781).
  • Declaración Jurada Notariada del representante legal, administradores, gerentes y directores referentes a su patrimonio antes de ejercer la representación y administración.
  • Declaración Jurada Notariada de los socios o accionistas, sobre el origen de los recursos financieros de la sociedad comercial.
  • Declaración Jurada Notariada de los socios o accionistas, sobre su patrimonio.
  • Certificado del Registro Judicial de Antecedentes Penales (REJAP) de no tener sentencia ejecutoriada, de los socios, representantes, etc., nacionales o extranjeros.
  • Certificado de solvencia fiscal emitido por la Contraloría General del Estado, de los socios, representantes, etc., nacionales o extranjeros.
  • Documentación que respalde la declaración jurada de patrimonio de los socios, representantes, etc.
  • Proyecto de factibilidad económico-financiera.
  • Balance de Apertura (en caso de empresa nueva).
  • Estados financieros (Balance General, Estado de Pérdidas y Ganancias, Estado de cambios de Patrimonio, Estado de Flujo efectivo y Notas).

Nota: Podrán ser Operadores de Juegos de Azar y Sorteo las personas jurídicas de carácter privado establecidas en el país, que tengan como giro comercial esta actividad, y tengan un capital pagado no menor a UFV’s 1.500.000,00 (Un millón quinientas mil 00/100 Unidades de Fomento a la Vivienda), conforme establece el Parágrafo I del Artículo 13 de la Ley N° 060 de Juegos de Lotería y de Azar de 25 de noviembre de 2010 y el Artículo 12 del Decreto Supremo N° 0781 de 2 de febrero de 2011.

  • Título del proyecto.
  • Antecedentes del proyecto.
  • Antecedentes de la Empresa.
  • Organización y recursos humanos.
  • Análisis de mercado.
  • Cantidad y descripción de los medios de juego y juegos que pretende explotar.
  • Plan económico financiero:
    • Cuantía e inversiones a desarrollar
    • Presupuesto
    • Capital de operaciones mínimo para un año.
    • Flujo de caja
    • Indicadores económicos financieros
  • Origen y descripción de sus recursos financieros.
  • Ubicación del establecimiento.
  • Descripción de la infraestructura e instalaciones, conforme lo establecido en el TÍTULO V “INFRAESTRUCTURA, INSTALACIONES Y SISTEMA DE VIDEO” del presente reglamento.
  • Desarrollo y explotación de servicios conexos, sea por el mismo operador o por terceros.
  • Proyecto de desarrollo de prevención sobre la ludopatía.
  • Proyecto de políticas integrales de gestión de riesgos de Legitimación de Ganancias Ilícitas, Financiamiento del Terrorismo y/o Delitos Precedentes.
  • Conclusión del proyecto de factibilidad

Nota: Los documentos descritos precedentemente se encuentran señalados en el “Reglamento para el Trámite de Licencia de Operaciones de Juegos de Lotería y de Azar, Registro de Empresas Certificadoras, Fabricantes y Distribuidores” vigente.

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